La protección de la ola de Mundaka como un elemento de interés natural de este espacio de ocio para la práctica del surf

IMG_0232[1]El Ararteko tuvo conocimiento del conflicto originado en el litoral de Mundaka por las obras de reconstrucción del arenal de la playa de Laida tras los temporales acaecidos en el año 2015.

Un grupo de surfistas y asociaciones ecologistas solicitaron evaluar el impacto ambiental de los movimientos de arena en el litoral de Ibarrangelu y pidieron tomar medidas para reducir su afección en la ola de izquierda de Mundaka. Para ello planteaban buscar fórmulas para la adecuada protección de la ola y la barra de Mundaka y garantizar, así, la práctica del surf.

En septiembre de 2015 el Ararteko inició una actuación de oficio para analizar las actuaciones seguidas por las administraciones públicas vascas respecto a esta cuestión y mantuvo una reunión con el alcalde de Mundaka para conocer sus planteamientos y propuestas sobre la protección de la citada ola.

El Ayuntamiento nos informó que había promovido una declaración municipal como reserva de surf, como un paso previo para el reconocimiento de una figura de protección con entidad jurídica en el seno de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai.

También las Juntas Generales de Bizkaia aprobaron una proposición no de ley sobre la declaración de la ola izquierda de Mundaka y la barra, así como la zona de surf de Urdaibai, como patrimonio natural y cultural.

Además, recientemente, el Departamento de Medio Ambiente y Política Territorial ha incluido la protección de la ola de Mundaka en el Decreto por el que se aprueba el Plan Rector de Uso y Gestión de la Reserva de la Biosfera de Urdaibai (BOPV de 28 de noviembre de 2016). Esa disposición normativa ha incorporado, expresamente, a la ola izquierda sobre la barra de Mundaka como un elemento de interés natural, y regula la restricción de las operaciones de dragado y vertido de sedimentos en aguas de transición. En aquellos casos excepcionales en los que por motivos de uso público se pudieran permitir pequeñas aportaciones de arena a las playas, el plan rector exige acreditar la ausencia de afección «a elementos de interés natural, especialmente, a la rotura del oleaje sobre la barra de Mundaka.»

Estas medidas tomadas por las administraciones vascas han servido para promover la protección de la ola de Mundaka como un elemento de interés natural de este espacio de ocio para la práctica del surf. Por ello, a la espera de su correcta aplicación, damos por finalizada nuestra actuación.

Una respuesta a «La protección de la ola de Mundaka como un elemento de interés natural de este espacio de ocio para la práctica del surf»

  1. Pues qué bien que hayan tomados esas medidas de cuidar cierta ola, ya que los surfistas son quién la ocupan más para que puedan realizar su deporte, también qué buena iniciativa por parte del ayuntamiento que haya tomado esa gran decisión y apoyar para cuidar cierta ola.

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