Resolución del Ararteko sobre las dificultades de acceso a la información urbanística

Bueno ya ha pasado el mes de agosto. Ha sido un mes muy hábil para debatir en el foro sobre el mal uso de las vacaciones para el derecho a la participación pública.  Os agredecemos vuestro interés.

Comienza el curso y queremos aprovechar para mencionar una resolución sobre la importancia de disponer desde el primer momento la totalidad del expediente administrativo para su consulta y para obtener copias, en especial durante el trámite de información pública.

http://www.ararteko.net/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/1_2510_3.pdf

Somos consciente que la realidad diaría de algunas administraciones difiere de este planteamiento. Tendremos que seguir  tratando de eliminar esas trabas.

Un saludo.

 

Por que las resoluciones de las administraciones públicas se dan justo antes de periodos de vacaciones, en las que todos necesitamos descansar !!

En el conflictivo expediente del polígono Malluki y su central térmica se ha resuelto desde el depto. De medio ambiente el estudio de impacto ambiental del polígono Malluki el día 18 de Julio y la propuesta de resolución del AAI de la central parece ser a primeros de agosto.
Se viene dando una circunstancia que probablemente hayan sufrido otros ciudadanos en casos similares, se trata de que todas las resoluciones de las distintas administraciones son resueltas a finales de julio , en diciembre, antes de semana santa de tal forma que siempre los plazos de alegaciones están condicionados por fechas en los que los ciudadanos suelen solemos tomar días de descanso.
En la misma línea de control de las administraciones públicas vascas para garantizar, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, que se cumplan los derechos de la ciudadanía y para evitar estas formas de actuar “pícaras” que no tratan otra cosa sino de dificultar los plazos y accesos a la información de los ciudadanos afectados, proponemos:
Que cuando la administración en los asuntos relaciones con el medio ambiente y el urbanismo exponga a información pública o haya plazo de alegaciones y sean coincidentes con periodos habitualmente dedicados a vacaciones, que se prolonguen lo suficiente los plazos de actuación pública.

De esta forma evitaríamos que los expedientes más complejos aparezcan siempre en las mismas fechas, que no tienen que ver con la efectiva finalización de los trámites administrativos sino con la mayor eficacia en los plazos de alegaciones .
Entendiendo por mayor eficacia, tener menor número de alegaciones, ya que parte de los interesados por pura estadística estará de vacaciones.

Un saludo, y buenas vacaciones para tod@s los que NO tengan que preparar alegaciones durante los periodos de vacaciones !!Hola Carlos,

En el conflictivo expediente del polígono Malluki y su central térmica se ha resuelto desde el depto. De medio ambiente el estudio de impacto ambiental del polígono Malluki el día 18 de Julio y la propuesta de resolución del AAI de la central parece ser a primeros de agosto.
Se viene dando una circunstancia que probablemente hayan sufrido otros ciudadanos en casos similares, se trata de que todas las resoluciones de las distintas administraciones son resueltas a finales de julio , en diciembre, antes de semana santa de tal forma que siempre los plazos de alegaciones están condicionados por fechas en los que los ciudadanos suelen solemos tomar días de descanso.
En la misma línea de control de las administraciones públicas vascas para garantizar, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, que se cumplan los derechos de la ciudadanía y para evitar estas formas de actuar “pícaras” que no tratan otra cosa sino de dificultar los plazos y accesos a la información de los ciudadanos afectados, proponemos:
Que cuando la administración en los asuntos relaciones con el medio ambiente y el urbanismo exponga a información pública o haya plazo de alegaciones y sean coincidentes con periodos habitualmente dedicados a vacaciones, que se prolonguen lo suficiente los plazos de actuación pública.

De esta forma evitaríamos que los expedientes más complejos aparezcan siempre en las mismas fechas, que no tienen que ver con la efectiva finalización de los trámites administrativos sino con la mayor eficacia en los plazos de alegaciones .
Entendiendo por mayor eficacia, tener menor número de alegaciones, ya que parte de los interesados por pura estadística estará de vacaciones.

Un saludo, y buenas vacaciones para tod@s los que NO tengan que preparar alegaciones durante los periodos de vacaciones !!

El derecho de acceso a la información de calidad. Del “vuelva usted mañana” al abierto 24 horas on-line. Kalitatezko informazioa eskuratzeko eskubidea. “Itzul zaitez bihar” entzutetik on-line 24 orduz irekita egotera.

Desde la apertura de este blog hemos tenido la oportunidad de intercambiar experiencias con vuestras asociaciones sobre algunos de los problemas que a menudo «padecéis» en el momento de solicitar información ambiental a la Administración.

Las cuestiones que más se reiteran son las trabas y dilaciones que, si bien no impiden, si dificultan este derecho esencial para garantizar una correcta información, transparencia y participación ciudadana.

En dos recientes resoluciones el Ararteko plantea el derecho de acceso a la información con la calidad suficiente para que sirva a esa finalidad.

Entre otras cuestiones planteamos que la Administración debe promover de oficio este derecho de acceso de forma continuada durante el horario de atención a la ciudadanía. En ningún caso requiere ser rogado por el administrado, sino que la adminsitración debe permitir su ejercicio en sus dependencias  desde el momento en el que los documentos o actuaciones administrativas conforman el expediente.

Para facilitar la consulta de esta documentación las administraciones deberán proveer un lugar de estancia en el que, de forma independiente a la labor municipal y con un mínimo confort, puedan ejercitar su derecho las personas interesadas.

Por otro parte, las administraciones deben disponer de medios electrónicos que permitan el acceso al expediente electrónico. La utilización de este formato permite un acceso cómodo, inmediato y gratuito a la documentación que forme parte de estos expedientes digitales.

En aquellos casos en los que el ejercicio de este derecho no resulte “de calidad” la Administración responsable debe reaccionar en un doble sentido. Por un lado, debe solventar las dificultades que han alegado las personas interesadas para acceder a una información de calidad. Por otro lado, en su directa conexión con la participación ciudadana, debe prorrogar el plazo previsto en el trámite de información pública por, al menos, los días sustraídos al correcto ejercicio del derecho de acceso a la documentación.

En definitiva, planteamos que el principio de transparencia y el derecho acceso a la documentación pública implican un cambio de actitud de la Administración que debe desterrar el “vuelva usted mañana” para ofrecer la información con confort, 24 horas por servicios telemáticos, y un lugar físico de consulta adecuado.

Blog hau ireki genuenetik zuen elkarteek administrazioari informazioa eskatzerakoan maiz pairatzen ohi dituzten arazoen inguruko esperientziak trukatzeko aukera izan dugu.

Gehien errepikatzen diren kontuak oztopo txikiak dira, informazio zuzena, gardentasuna eta herritarren parte-hartzea bermatzeko ezinbestekoa den eskubidea ekiditen ez badute ere zaildu egiten baitute. Duela gutxiko bi ebazpenetan Arartekoak helburu hori lortzeko kalitatea duen informazioa eskuratzeko eskubidea azaltzen du.

Beste kontuen artean, Administrazioak etengabeko eskuragarritasunerako eskubide hori ofizioz sustatu behar duela proposatzen dugu. Ez ditu herritarraren eskariak jaso nahi, udal ordezkaritzetan erabiltzeko aukera eman behar da agiriek edo administrazio jarduerek espedientea osatzen duten unetik bertatik.

Agiri horien kontsulta errazteko administrazioek kokaleku bat ezarri beharko dute, udalaren lanaren mende egon gabe eta gutxieneko erosotasun batekin, interesdunek euren eskubidea erabili ahal izan dezaten.

Bestalde, administrazioek espediente elektronikoa ikusteko aukera ematen duten bitarteko elektronikoak izan beharko dituzte. Formatu hori erabiltzean espediente digital horien barnean dauden agiriak eskuratzeko bide erosoa, berehalakoa eta doakoa eskaintzen da.

Eskubide horren erabilera “kalitatezkoa” ez denean, arduraduna den administrazioak bi zentzutan jokatu beharko du. Alde batetik, kalitatezko informazioa eskuratu nahi izan duten pertsonek adierazitako zailtasunak konpondu beharko ditu. Bestalde, herritarren parte-hartzearekin zuzenean harremanetan egonik, informazio publikoko izapidean ezarritako epea luzatu beharko du, gutxienez, agiriak eskuratzeko eskubidea behar bezala erabili ezin izan den egunetan.

Azken finean, gardentasun printzipioak eta agiri publikoak eskuratzeko eskubideak administrazioaren jarrera aldaketa eskatzen dutela azaltzen dugu. Horrela bada, “itzul zaitez bihar” alde batera utzi, eta zerbitzu telematikoen bidez eta kontsultarako leku fisiko egokia eskainiz, 24 orduz informazioa erosotasunez eskaini beharko dute.

Labor del Ararteko en la defensa de un acceso a la información ambiental de calidadArartekoaren lana ingurumenari buruzko kalitatezko informazioa eskuratzearen babesari dagokionez

Dentro las facultades que dispone la institución del Ararteko está el control de las administraciones públicas vascas para garantizar, de acuerdo con el ordenamiento jurídico, que se cumplan los derechos de la ciudadanía. 

En la recomendación general 6/2010 hacemos una mención expresa a nuestra labor de control sobre las posibles vulneraciones del derecho al acceso a la información pública. En especial, en los asuntos relaciones con el medio ambiente y el urbanismo.

Con objeto de tratar de mejorar nuestra gestión de las reclamaciones presentadas, el Ararteko hará los esfuerzos necesarios para dar un tratamiento sumario a las reclamaciones que hagan referencia a esta materia.

En ese sentido mencionamos las últimas resoluciones sobre esta cuestión:

http://www.ararteko.net/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/2_2088_3.pdf

http://www.ararteko.net/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/1_2089_3.pdf

  Ararteko erakundeak dituen ahalmenen barruan euskal herri-administrazioen kontrola dago, antolamendu juridikoarekin bat eginez, herritarren eskubideak betetzen direla bermatze aldera.

6/2010 Gomendio Orokorrean informazio publikoa eskuratzeko eskubidearen urraketa posibleen gainean egiten dugun kontrola berariaz aipatu genuen. Bereziki, ingurumenarekin eta hirigintzarekin zerikusia daukaten gaiei dagokienez.

Aurkeztutako erreklamazioak hobeto kudeatzeko asmoz, Ararteko erakundeak beharrezkoak diren ahaleginak egingo ditu arlo horretako erreklamazioei tratamendu sumarioa emate aldera.

Zentzu horretan, kontu horren harira egindako azken ebazpenak aipatuko ditugu:

http://www.ararteko.net/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/0_2089_1.pdf

http://www.ararteko.net/RecursosWeb/DOCUMENTOS/1/0_2088_1.pdf