Residuos urbanos: gestión e información municipal

Os paso el estudio de la Revista Eroski Consumer. Generamos menos basura aunque los ayuntamientos facilitan poca información sobre su gestión,  porque enlaza con  uno de los temas que más se está tratando en este blog, el acceso a la información medioambiental  en un aspecto que permanece opaco a juicio de algunas asociaciones medioambientales, y además , me sirve de excusa para introduciros las novedades que establece la nueva Ley de Residuos Urbanos y suelos contaminados

El estudio de Eroski analiza la gestión de residuos de dieciocho capitales de provincia españolas para ver si cumplen los objetivos del Plan Nacional Integrado de Residuos Urbanos (PNIR) que se propone reciclar en 2012 un 80 % del vidrio, el 75 % del papel y cartón y un 50 % de los plásticos.

 

Por otro lado, ell pasado 29 de julio se publicó la nueva Ley de Residuos Urbanos y Suelos Contaminados , cuyas principales novedades son recogidas por  Pedro Poveda y Blanca Lozano  en este artículo: Principales novedades de la nueva Ley de residuos urbanos y suelos contaminados, Diario La Ley, nº 7702 de 26 de septiembre.

Con respecto a los aspectos generales los articulistas destacan su carácter de legislación básica sin perjuicio de que las CCAA puedan establecer normas adicionales de protección, con algunas excepciones.

Las CCAA tienen el plazo de un año desde el día siguiente a su publicación para adaptar sus regímenes de autorizaciones y comunicaciones de las instalaciones y actividades de relacionadas con residuos ya existentes.

Los sistemas colectivos de responsabilidad ampliada del productor, como por ejemplo los sitemas de recogida de envases municipales o de aceites industriales o neumáticos usados  tienen el plazo de un año para su adaptación a partir de la entrada en vigor las normas de desarrollo de la ley, y para estos desarrollos se concede un plazo de tres años.

Se establece una nueva jerarquía de residuos y objetivos impuestos por la UE,  uno de los cuales es el establecimiento de una recogida separada antes del 2015 para los siguientes materales: papel, metales, plástico, vídrio. También merece la pena destacar en este apartado que las autoridades medio ambientales tienen que promover medidas para la recogida separada de residuos y su tratamiento biológico.

La Ley establece los servicios obligatorios que deben de ser prestados por los entes locales con respecto a los residuos domésticos y los opcionales con respecto a otro tipo de residuos.

Entre un conjunto de cuestiones de interés, la ley introduce la posibilidad de implantar sistemas obligatorios,  mediante Real decreto, de depósito, devolución y retorno de determinados envases y productos reutilizables.

La ley establece el  régimen de intervención administrativa en actividades de producción y gestión de residuos bajo el prisma de medidas de liberalización y simplicación administrativa.

Se establece tambien, el régimen jurídico de los suelos contaminados y la figura del restablecimiento de legalidad ambiental

Esta última es de importancia para la CCAA, ya que se les atribuye potestades al respecto del restablecimiento de la legalidad ambiental y que según señala la doctrina  , permiten cerrar establecimientos, clausurar actividades cuando no se cuente con las autorizaciones requeridas o cuando no se ajuste a las condiciones impuestas por la autoridad competente.

Otras referencias

Jornada Coiim La Nueva Ley De Residuos Y Suelos Contaminados 2011

 

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